NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL PASEO DE CABALLOS DURANTE LA FERIA NTRA. SRA. DE LA SALUD 2024


pdfNORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL PASEO DE CABALLOS DURANTE LA FERIA NTRA. SRA. DE LA SALUD 2024


DURANTE LA FERIA NTRA. SRA. DE LA SALUD 2024

(Aprobada por Acuerdo de Junta de Gobierno Local n.º 415/24 de 29 de abril)

HORARIO:

El horario oficial para el paseo de caballos y enganches en la Feria será de 13:00 a 20:00. A partir de las 19:00 se impedirá el acceso de los mismos al recinto ferial. Durante las horas que dure el paseo se habilitarán pasos para el cruce de personas a pie, quedando prohibido el transito por el paseo fuera de estos pasos.

CIRCUITO:

El circuito para el paseo discurrirá en un único sentido, comenzando en el puesto de control situado en la calle Guadalquivir, y continuando por la citada calle, y en el orden siguiente: “Guadalquivir”, “Medina Azahara”, ”Enmedio”, “Mezquita”. Desde la Calle Guadalquivir también se podrá transitar por la calle “Alcázar”, “Tendillas”, “Los Patios” y “Puente Romano”, siempre que la incorporación a estas calles se haga desde la citada calle “Guadalquivir”. Si en vez de la calle “Enmedio” se opta por la calle “el Potro” se continuará por “Mezquita”, “Guadalquivir” y “Medina Azahara”. Por estas calles, los caballistas y cocheros circularán por el centro, en el espacio establecido entre los postes situados a ambos lados de la calle, quedando totalmente prohibido la circulación
fuera de esta zona.

Los caballistas y cocheros deberán portar en todo momento la tarjeta sanitaria equina y el recibo original o copia autentificada del seguro de responsabilidad civil. Este seguro deberá tener una cobertura mínima de trescientos mil euros en el caso de enganches y ciento cincuenta mil para los caballistas. Todos los caballos deberán tener insertado su correspondiente microchip.

Sólo se podrá utilizar para montura ganado caballar y para enganches ganado mular o caballar, quedando prohibida la utilización de asnos o cualquier otro tipo de animal.

Se autoriza el acceso de ponys de montura indicando que sólo podrán ser montados por niños o niñas hasta una edad máxima de 12 años, debiendo ser en todo momento acompañados por un adulto mayor de edad.

existir autorización expresa escrita del titular, asumiendo éste las responsabilidades que de tal hecho pudieran derivarse. Los caballistas menores de edad también deberán estar acompañados de un mayor y contar con autorización expresa de sus padres o tutores, asumiendo éstos las responsabilidades que de tal hecho pudieran derivarse.

Los cocheros harán uso del látigo en prolongación quedando prohibido trallarlos y su uso lateral.

Los coches de caballos de servicio público con licencia expedida por el Ayuntamiento de Córdoba que pretendan prestar servicio en el recinto ferial, se regirán por las mismas normas que los demás enganches, debiendo utilizar como vestimenta su uniforme específico.

El incumplimiento de cualquiera de las condiciones establecidas en la normativa municipal podrá dar lugar a la inmovilización del équido o montura o enganche. En caso de reincidencia, resistencia a colaborar, o cualquier otra circunstancia que por su gravedad así lo exigiese, por la policía local se procederá a la expulsión del recinto.

El recorrido del paseo de caballos estará señalizado y delimitado en toda su extensión.

En el horario de paseo de caballos queda prohibido el tránsito de vehículos, a excepción de los servicios de urgencia. Los vehículos de servicio deberán utilizar la vía de servidumbre del río. Las actividades programadas en el recinto ferial, inclusive el tren neumático, se abstendrán de utilizar el paseo de caballos en el horario establecido para el mismo.

El servicio de limpieza en el horario de paseo de caballos debe ser manual sin máquinas barredoras. La limpieza mediante medios mecánicos y baldeo se realizará fuera del horario regulado de paseo de caballos. Los contenedores y otros elementos de servicio en el recinto ferial deberán estar situados lo más alejados posible del paseo de caballos.

Se establecerá servicio de policía local a caballo en el horario regulado del paseo de caballos.

PUESTO DE CONTROL:

El servicio de policía local establecerá un puesto de control en el acceso al paseo por el que estarán obligados a pasar para verificar la documentación que cada responsable debe portar (seguro y cartilla sanitaria), la indumentaria y equipo básico y el estado sanitario e higiénico de los animales. El servicio de policía local estará asesorado por un veterinario colegiado. Asimismo, por la policía local se derivarán los caballos que pretendan acceder al recinto ferial hacia el puesto de control.

 

ANEXO SOBRE INDUMENTARIA OBLIGATORIA MÍNIMA PARA EL PASEO DE CABALLOS JINETES Y AMAZONAS:

Traje corto con pantalón de vuelta blanca si lleva botos o calzona con caireles si lleva zapato o botín con polainas.

Sombrero cordobés.

Camisa blanca o con colores claros.

COCHEROS Y AYUDANTES:

Indumentaria en consonancia con el tipo de guarnición que porten.

Ir correctamente cubiertos.

EQUIPO:

Montura vaquera con manta estribera y estribos vaqueros.

Montura española con estribos vaqueros o de globo.

Cabezada vaquera con bocado vaquero o portugués siempre empavonado.


 DELEGACIÓN DE FIESTAS Y TRADICIONES.

 DEPARTAMENTO DE FERIAS Y FESTEJOS.